Una de las medidas más novedosas que ha traído consigo el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es la exigencia de la figura del Delegado de Protección de Datos (DPD), en determinados supuestos, para garantizar el cumplimiento del RGPD. Tras la consolidación de esta figura emergente, la Asociación Española para la Calidad (AEC) ha asumido la responsabilidad de ayudar a estos profesionales, y sus empresas y organizaciones, a gestionar los cambios a los que deben hacer frente, y para llevar a cabo esta tarea ha creado “El Club de Delegados de Protección de Datos”, del que Govertis es partner estratégico.
Esta iniciativa ya fue anunciada en primicia por Marta Villanueva, Directora General de la AEC, en el Insight exclusivo DPD sobre RGPD que organizó la entidad el pasado 2 de octubre, moderado por Eduard Chaveli (Socio y CEO en Govertis), en el que se presentó el “Club DPD” como un espacio referente de conocimiento, pertenencia y relación para los profesionales, y en el que ya se comenzaron a intercambiar experiencias de DPD´s de marcas referentes allí presentes.
Tras aquella presentación inicial, ha llegado el momento de dar comienzo a esta iniciativa con un primer encuentro el próximo 28 de noviembre, en el Auditorio Caja de Música del Palacio de Cibeles (Madrid), en el que se reunirán profesionales destacados del ámbito de la privacidad con el objetivo de compartir su conocimiento, experiencias e inquietudes en torno a la figura del DPD
Este primer encuentro comenzará con una presentación de la mano de Marta Villanueva, que inaugurará el Club e informará sobre el Plan de actividades del mismo para el año 2019. Tras la presentación, se abordarán las novedades más importantes introducidas en la Nueva LOPD de la mano de Javier Sempere Samaniego, Letrado del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y Jefe de Área en el Centro de Documentación Judicial (CENDOJ). A continuación, tendrá lugar la Mesa Redonda, en la que una selección de DPD´s de referencia de diferentes sectores compartirán sus experiencias: José Antonio Muñoz (Telefónica), María Luisa Muñoz Martínez (ONCE), Alejandro Artetxe (Hospitalarias Provincia de España), y Lluís Sanz i Marco (Ayuntamiento de Barcelona), y que será moderada por Eduard Chaveli, Socio y CEO en Govertis. Para finalizar, Javier Villegas, Lead Advisor Privacidad Sector Salud en Govertis, nos trasladará el punto de vista más operativo y el valor más cotidiano, a través de experiencias prácticas y la documentación más actualizada para el trabajo diario del DPD. Para más información, puedes encontrar la agenda detallada del encuentro en el siguiente enlace.
Si quieres sumarte a este primer encuentro, tan solo debes formalizar la inscripción en el siguiente enlace. ¡No te lo puedes perder!
KEEP READINGEl Delegado de Protección de Datos (DPD) o Data Protection Officer (DPO), es una figura que introduce como obligatoria el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) para supervisar internamente, en cada entidad, el cumplimiento de las obligaciones que impone el RGPD.
El DPD, puede ser un empleado interno de la empresa o puede ser externo, pero debe estar en condiciones de desempeñar sus funciones y cometidos de manera independiente. El DPD debe participar de forma adecuada y en tiempo oportuno en todas las cuestiones relativas a la protección de datos personales.
En cuanto a las funciones del DPD / DPO, el artículo 39 del RGPD indica que tendrá como mínimo las siguientes:
El DPD/DPO, podrá asumir otras funciones dentro de la empresa siempre que tengan relación con los tratamientos de datos personales y que no creen un conflicto de intereses entre sus funciones como DPD y las funciones o intereses de otros departamentos.
Para el correcto desempeño de sus funciones, el DPD tiene que prestar atención a los riesgos asociados a las operaciones de tratamiento. El DPD tendrá que tener en cuenta la naturaleza, el contexto, el alcance y las finalidades del tratamiento que se quiera realizar.
En Julio de 2017 la Agencia Española de Protección de Datos presentó su esquema de certificación de delegados de protección de datos. Estas certificaciones serán otorgadas por entidades certificadoras debidamente acreditadas por ENAC, siguiendo criterios de acreditación y certificación elaborados por la AEPD.
El esquema de certificación establece los requisitos de competencia para la persona que pretenda obtener la acreditación como DPD. Para poder acceder a la fase de evaluación, se requiere una experiencia o formación relevante en materia de protección de datos de carácter personal.
La prueba de evaluación permitirá constatar que se tienen los conocimientos teóricos y prácticos, las habilidades personales y la capacidad profesional necesarios. El esquema de certificación exige la sujeción a un código ético que incluye los principios de Legalidad e integridad, profesionalidad, responsabilidad en el desarrollo de la actividad profesional, imparcialidad, transparencia y confidencialidad.
El Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos, actualmente en tramitación, contempla la figura del Delegado de Protección de Datos en sus artículos 34 a 37.
Destacando en la redacción actual la posición que ocupa el DPD como interlocutor del responsable ante la Agencia Española de Protección de Datos y la relevancia que le otorga la ley al DPD en la organización interna de la empresa conforme a la redacción del artículo 36.2 del Proyecto de Ley.
El equipo de profesionales de Govertis
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La AEC ha obtenido la autorización provisional para certificar a Delegados de Protección de Datos (DPD), según el esquema de certificación elaborado por la Agencia Española de Protección de Datos, en colaboración con la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).
KEEP READINGEn el presente post, ahondaremos sobre el principio de independencia, que el Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD) ha dotado a las Autoridades de Control con las que el Delegado de Protección de Datos (DPD-DPO) tendrá que relacionarse de manera habitual.
El RGPD dedica el Capítulo VI a las Autoridades de Control independientes, concretamente las regula en los artículos 51 al 59.
KEEP READINGUna de las importantes novedades que introduce el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante RGPD), que entrará en aplicación el próximo 25 de mayo de 2018 es la obligación de la notificación de las violaciones de seguridad.
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